La legislación educativa es la dimensión que engloba el resto de las dimensiones que hemos revisado durante esta unidad. Sin ella, no existiría un constructo que permitiera, guiara y facultara la definición, estrategias y planes de acción de la política educativa.
Para acercarnos al término, podemos vislumbrar la legislación educativa como el marco jurídico que faculta que los principios normativos, políticos e ideológicos de un país se mantengan vigentes y activos en la práctica educativa del día a día.
Esta dimensión se ha convertido en el ordenamiento primero del sistema educativo, obedeciendo los principios constitucionales, la Leyes Orgánicas, las Leyes generales y Planes y Programas educativos pertenecientes al Estado y generalmente a los programas de los partidos políticos que ocupan el poder.
Pero con la internacionalización de la educación, la globalización, el capitalismo y el neoliberalismo, los organismos internacionales y sus recomendaciones se han convertido en parte fundamental de la normatividad educativa, por lo que los tratados firmados en conferencias internacionales de UNESCO y otros organismos similares son hoy componentes intrínsecos del marco jurídico educativo que rige nuestra nación y muchas otras.

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