Semana 2. Evaluación educativa, institucional y curricular
Evaluación de la congruencia interna de los planes de estudio*
Congruencia interna
Glazman Nowalski (2001) define la congruencia para evaluar los objetivos y los contenidos del plan de estudios; la primera es el grado de acuerdo entre las finalidades formuladas y los fundamentos del plan de estudios y las segunda es el grado de relación de los contenidos con los fines declarados por la institución y la carrera, lo que permite revisar la integración (enlaces entre los contenidos) y el carácter apropiado o no del material de apoyo disponible para el aprendizaje. Glazman e Ibarróla (1980) indican que el proceso de evaluación de la congruencia interna se realiza a través de dos etapas; explicitación y análisis. A saber:
Etapa de explicitación | Etapa de análisis |
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Se hacen evidentes los objetivos en sus diferentes niveles, así como la estructura del plan vigente. Los niveles de los objetivos son: generales, intermedios y específicos; los primeros son denominados también objetivos de curriculum; los segundos se conforman por los cursos del plan de estudios, y los temas y subtemas de los programas corresponden a los objetivos específicos (Glazman 1974). La estructura requiere ser explicitada con el fin de indicar las relaciones que existen entre los cursos y los semestres en que se imparten, con el objetivo de precisar su carácter obligatorio u operativo en relación con la congruencia interna. | Se revisa el plan vigente conformado por un modelo preestablecido, para ello se recomiendan cuatro tipos de evaluación: la congruencia, la continuidad, la vigencia y la viabilidad. Como se señaló anteriormente, la evaluación de la congruencia es la valoración de la relación de correspondencia entre los objetivos. |
Para el análisis de la congruencia interna se pueden utilizar varias fuentes de información: entrevistas a profesores, informes de responsables académicos o adminitrativos, revisión de documentos descriptivos, entre otros.
*Tomado de http://eprints.uanl.mx/1589/1/1020149248.PDF